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El dictamen de la ESMA establece las normas de la UE sobre los servicios de stablecoins

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El dictamen de la ESMA establece las normas de la UE sobre los servicios de stablecoins

Los proveedores de servicios de criptoactivos autorizados por la MiCA que prestan servicio a clientes de la UE tienen ahora un plazo firme: un dictamen de la ESMA publicado el 8 de octubre de 2026 les concede tres meses para subsanar cualquier exposición restante vinculada a tokens referenciados a activos (ART) y tokens de dinero electrónico (EMT) que no cumplan con la MiCA. El dictamen establece las expectativas de supervisión para estos proveedores (CASP), incluidos los controles destinados a impedir que los clientes adquieran o aumenten su exposición a los tokens afectados. Esta actualización tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico.

Lo que la ESMA aprobó el 8 de octubre de 2026

La Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA) publicó el 8 de octubre de 2026 un dictamen titulado «Dictamen sobre la prestación de servicios relacionados con criptoactivos en relación con los tokens referenciados a activos y los tokens de dinero electrónico que no cumplen con la MiCA». La noticia adjunta de la ESMA describe el tema de forma más clara, refiriéndose a los servicios relacionados con «stablecoins no autorizadas». El documento es un dictamen, y no una modificación de la MiCA ni un acto delegado, por lo que tiene el peso de una orientación supervisora, y no es un nuevo texto que modifique el propio reglamento.

Ámbito de aplicación: a quiénes se aplica y dónde

El dictamen va dirigido a los CASP autorizados por la MiCA y a las autoridades nacionales competentes (ANC) que los supervisan en toda la Unión Europea. El documento original vincula estas expectativas específicamente a las ART y las EMT que no cumplen los requisitos de la MiCA. Esa distinción es importante: «stablecoin» es una denominación genérica del mercado, mientras que el propio título de la AEVM denomina las categorías de tokens con mayor precisión.

Según la nota de prensa de la ESMA, el dictamen abarca toda la gama de servicios relacionados con los criptoactivos contemplados en la MiCA, entre los que se incluyen:

  • funcionamiento de las plataformas de negociación
  • servicios de intercambio
  • ejecución de pedidos
  • colocación de criptoactivos
  • recepción y transmisión de pedidos
  • asesoramiento en materia de inversiones
  • transferencias
  • custodia y administración
  • gestión de carteras

El dictamen se aplica a los servicios destinados a la UE que ofrecen los CASP autorizados por la MiCA, no a todos los proveedores de servicios ni a todos los tokens que los participantes en el mercado denominen «stablecoins». Las fuentes facilitadas no respaldan una interpretación más amplia que vaya más allá de las categorías «ART» y «EMT» identificadas por la ESMA.

¿Qué cambia en la práctica?

La ESMA afirma que las autoridades nacionales competentes (NCA) deben supervisar a los participantes en el mercado para garantizar que no mantengan, introduzcan ni faciliten el acceso de los clientes a stablecoins que no cumplan con la MiCA. En la práctica, se espera que los proveedores de servicios de activos digitales (CASPs) establezcan controles técnicos, contractuales y organizativos que mantengan dichos tokens fuera del mercado de la UE e impidan que los clientes adquieran o aumenten su exposición actual.

Las fuentes también señalan que las empresas que mantienen posiciones existentes disponen de un margen de maniobra muy reducido. La nota de prensa de la ESMA indica que cualquier servicio que se mantenga debe limitarse estrictamente a lo necesario para la liquidación, la conversión, la retirada, la transferencia o la custodia, y debe tener una duración limitada, basarse en el riesgo y estar sometida a una estrecha supervisión. Lowenstein Sandler informa de algo similar: unas funciones limitadas de venta exclusiva, conversión, transferencia o retirada podrían facilitar una liquidación ordenada.

Lo que las fuentes no respaldan es la afirmación de que todos los servicios incluidos en la lista deban cesar de forma idéntica desde el primer día, ni que los usuarios tengan derecho automático a disfrutar de la funcionalidad residual. El resultado en la práctica dependerá de cómo cada CASP aplique el dictamen y de cómo lo aplique la autoridad nacional competente (NCA) que lo supervise.

Calendario y próximos hitos

La fecha de publicación de los documentos principales de la ESMA es el 8 de octubre de 2026. En caso de que las autoridades nacionales competentes (NCA) detecten exposiciones preexistentes pendientes, la nota de prensa de la ESMA indica que deben exigir su regularización lo antes posible y, a más tardar, tres meses después de dicha fecha de publicación, lo que sitúa el plazo límite el 8 de enero de 2027.

Lo que viene a continuación es de carácter supervisor, más que legislativo. Las autoridades nacionales competentes (NCA) aplicarán el dictamen a las entidades bajo su supervisión; los proveedores de servicios de activos y valores (CASP) deberán ajustar los controles y las restricciones aplicables a los clientes; y cualquier entidad que siga teniendo exposición deberá completar las medidas correctoras antes de que finalice el plazo de tres meses. Las fuentes citadas no ofrecen un desglose por países de las medidas adoptadas por las autoridades nacionales competentes ni una lista detallada de las resoluciones tomadas en cada caso concreto.

Lo que las empresas y los usuarios deben tener en cuenta

Las entidades deben comprobar si los controles actuales impiden realmente que los clientes de la UE adquieran los ART o EMT afectados, si es posible reducir la exposición heredada mediante una funcionalidad limitada de liquidación, y cómo las comunicaciones con los clientes distinguen entre la compra y el aumento de la exposición, por un lado, y la venta, la conversión, la transferencia y la retirada, por otro. Los usuarios deben esperar que los avisos de la plataforma sean específicos para cada token y cada servicio, y que no se activen únicamente por la palabra «stablecoin».

Para los equipos de cumplimiento normativo, la conclusión es sencilla: la ESMA ha señalado que los CASP autorizados por la MiCA no deben continuar prestando servicios habituales a los ART y EMT que no cumplan con la MiCA en la UE, y que cualquier actividad residual debe mantenerse estrictamente limitada y supervisada. El dictamen proporciona a los reguladores una base común de supervisión, al tiempo que deja los detalles de aplicación en manos de las empresas y las autoridades nacionales competentes.

Fuentes

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